Febrero 5, 2008

INMOBILIARIO II: A quien corresponde cada gasto en las compraventas

Archivado en: Contratos, Otros — legisconsulting @ 12:35

Referido tan solo a los gastos habituales:

o        Los gastos de otorgamiento de la escritura deben ser por cuenta del vendedor y los de la primera copia y demás posteriores a la venta serán por cuenta del comprador salvo pacto en contrario

o        Los gastos de inscripción corresponden al comprador.

o        Los gastos de cancelación de gravámenes (hipotecas por ejemplo) corresponden al vendedor salvo que el comprador se subrogue en la hipoteca, corriendo este con los gastos de subrogación.

o        Los gastos de preparación de la titulación  (obra nueva, división horizontal, hipoteca para financiar la construcción, etc) corresponderán al vendedor en todo caso.

o        Impuestos:

1.- IVA ó ITP, dependiendo del caso, corresponden al comprador, al igual que el AJD.

2.- Plusvalía: Si no se señala nada corresponde al vendedor, pero cabe pacto en contrario.

3.- IBI: Será responsable quien el día 1 de enero sea propietario del inmueble.

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