mayo 21, 2021

Pasaporte COVID visto por la AEPD

Filed under: Actualidad,Covid-19,Protección de Datos — Etiquetas: , — legisconsulting @ 10:00

Ahora que la UE ha aprobado el ‘pasaporte COVID‘, conviene recordar lo que dijo la AEPD en su informe Guía sobre el uso de las tecnologías en la lucha contra el COVID19 el ya lejano 7 de mayo de 2020.

VIII.PASAPORTES DE INMUNIDAD

En algunos países ha empezado considerarse el uso de apps equivalentes a lo que sería un pasaporte o un salvoconducto en papel, mostrando en pantalla un código de colores o un código QR, para que un vigilante o un sistema de control de acceso pueda dejar pasar o no al portador. Este procedimiento es similar al que se usa con las tarjetas de embarque de los aeropuertos, solo que en lugar de decir que un usuario tiene un billete de avión válido o está en una lista, lo que revela es si el portador está contagiado, o presuntamente inmunizado por haber pasado la enfermedad.

¿REPRESENTAN ESTAS APLICACIONES EN LA CRISIS DE LA PANDEMIA UNA AMENAZA A LA PRIVACIDAD?

Estas aplicaciones móviles están anticipando lo que puede ser un futuro documento de identidad en el móvil, con el riesgo añadido de incluir y mostrar un dato de salud, e incluyendo todos los riesgos que se derivan de las vulnerabilidades de dichos sistemas: acceso a manos de ciberdelincuentes, cruce con otros datos como la localización, incorporación de metadatos, lectura remota o simplemente no estar al alcance de muchas personas que no pueden usar teléfonos inteligentes.

A diferencia de una tarjeta de embarque, las pruebas para determinar si una persona está sufriendo o ha superado la enfermedad deberían ser presenciales, y el personal sanitario que lo realiza podría proporcionar al usuario un certificado en papel o cualquier soporte de baja tecnología para que lo mostrara cuando le fuera requerido, junto con su documento de identidad. Un sistema de identidad móvil solo puede tener ventajas cuando el alta se puede hacer a distancia o si la información que gestiona cambia rápidamente, como en el caso de un monedero digital, lo que no es el caso.

¿REPRESENTAN ESTAS APLICACIONES EN LA CRISIS DE LA PANDEMIA UN BENEFICIO IMPORTANTE?

El pasaporte de inmunidad incorpora un dato sensible, como es cualquier dato de salud, pero al que también se le ha dado la misión de servir como salvoconducto de acceso. Hay informes que apuestan por un avance de las aplicaciones de salud móvil (mHealth) permitiendo que, por ejemplo, un paciente lleve su historia clínica para enseñársela a un médico y recibir un tratamiento. Igualmente, el ejercicio de algunas actividades como trabajos o actividades físicas intensas pueden requerir que el candidato muestre un certificado médico antes de acceder. Un uso bien gestionado de apps para certificaciones o registros de salud, que los mantuviera actualizados, seguros e interoperables tendrá cierta utilidad en ámbitos concretos siempre que el acceso a dicha información sea realizado por personal vinculado al cumplimiento de las finalidades relacionadas con políticas públicas para el control de la pandemia. Sin embargo, como en todas las aplicaciones que requieren el uso de smartphones y la evidencia de una prueba fiable de infección o de anticuerpos, estamos lejos de alcanzar a una totalidad de la población, por lo que solo podemos preguntarnos por los beneficios que podrían tener en ámbitos muy concretos.

X. CONCLUSIÓN

En el presente documento se ha realizado un breve repaso de las principales tecnologías planteadas en la lucha contra la pandemia, sin pretender ser un análisis profundo de las mismas, y con el propósito de compilar aquellas opciones que se están manejando para controlar su expansión.

Nuestra sociedad se encuentra en un punto de inflexión crítico, no solo debido a la situación de pandemia, sino en relación con el planteamiento del modelo de derechos y libertades. Por lo tanto, hay que ser especialmente cuidadoso a la hora de tomar medidas que pueden tener consecuencias irreversibles y pueden estar guiadas únicamente por la urgencia, el miedo o, lo que es peor, otros intereses.

En este punto, hay que recordar que las tecnologías de la información no pueden ser entendidas de forma aislada, sino siempre en el marco de un tratamiento con un objetivo definido. Este tratamiento ha de implementar una estrategia global basada en evidencias científicas, evaluando su proporcionalidad en relación con su eficacia, eficiencia y teniendo en cuenta de forma objetiva los recursos organizativos y materiales necesarios. Además, teniendo siempre presente que se han de cumplir los principios establecidos en el Reglamento General de Protección de Datos.

O dicho de otro modo, ahora que se ha aprobado el ‘pasaporte COVID‘, cuidado quien y con qué fin lo solicita. Ni todo el mundo lo puede solicitar/exigir ni se puede solicitar para cualquier fin.

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