octubre 20, 2009

Seguridad de empresa y empresario: El papel del abogado

 

La mayoría de las personas tienen la imagen del abogado ‘picapleitos’. Ese al que se acude cuando se tiene un problema y que demandará a cualquiera y por la razón que sea en defensa de sus intereses.

Hay otras personas que ven al abogado como ese profesional al que se acude cuando se tiene un problema para que lo resuelva en la forma que estime más conveniente, ya sea esta a través de la negociación, la vía contenciosa o simplemente evitando el problema.

El abogado es como el médico: si no hay una enfermedad no hay razón para acudir.

Lo cierto es que, como los médicos, entiendo la prevención como la mejor medicina para evitar las enfermedades.

Idea corroborada por la realidad que todo el mundo conoce:

La situación de nuestro sistema judicial hace que quien se encuentra inmerso en un procedimiento judicial, en la mayoría de los casos, haya reducido su posición a una de las dos siguientes posibilidades que expongo por razones obvias en su más simple formulación:

  1. Un acreedor que como única posibilidad, y bien asesorado, reclama su deuda.
  2. Un deudor, igualmente bien asesorado, que consciente de su deuda y de la obligación que tiene de satisfacerla, intentará retrasar la misma mediante cualquier medio lo máximo posible. Porque no es lo mismo pagar hoy que pasados –incluso– años.

Y el resultado inmediato de esa situación es en todos los casos la incertidumbre de saber si el tribunal resolverá lo que debería, cuando lo hará y si para cuando lo haga ello tendrá algún efecto práctico. Y la tres cuestiones son, en muchos casos, igual de inciertas.

Es por todo ello que entiendo que el papel del abogado en la empresa, para prestar un buen servicio a su cliente, debe centrarse en otros objetivos:

 –         Prevención y solución de conflictos:

  • Mediante al análisis previo de los negocios o contratos.
  • Mediante la mediación y conciliación si estos llegan a producirse.
  • Mediante la necesaria planificación previa para que – caso de que producidos dichos conflictos la conciliación y mediación no haya dado sus frutos– se les pueda dar una eficiente y rápida solución.  Sirva como ejemplo el acuerdo previo de someter la cuestión a arbitraje en lugar de acudir a tribunales. Aunque ello siempre que  este acuerdo incluya las garantías necesarias para que tal arbitraje sea profesional y a la altura del caso de que se trate y que se eviten en este, y en la medida de lo posible, las maniobras dilatorias propias de la vía jurisdiccional que empiezan a trasladarse al ámbito del arbitraje.

–         Evitación del riesgo: mediante el análisis y el asesoramiento a priori relativo a:

  • los contratos de la empresa;
  • la actividad del día a día; la esfera personal y patrimonial del empresario o administrador tan recurrente en este blog;
  • incluso la propia estructura de la empresa.

 Resulta obvio que este desplazamiento de una actividad tradicionalmente contenciosa del abogado a otra de asesoramiento y prevención aporta a la empresa, aparte de una mayor seguridad, un importante ahorro de costes. Si bien este cambio nos exige a los abogados un mayor esfuerzo y –a la vista de la complejidad alcanzada por los temas empresariales– y un mayor grado de especialización.

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mayo 18, 2009

¡Me ha tocado la lotería!

Filed under: Otros — Etiquetas: , , , , — legisconsulting @ 16:02

No, a mí no o seguramente no me encontraría ahora mismo escribiendo este post.

El título viene en relación en relación con la chica esta de Mallorca que ha obtenido el mayor premio de la historia de la lotería de Europa (124 millones creo recordar) y los comentarios que, como en todos los casos similares, se vierten en este sentido:

–         Que qué hacer con todo ese dinero: que tapar huecos, que hacer un viaje, que comprarse un coche

–         Que ir al banco a que te regalen un coche, un viaje o una casa (como si los bancos te regalaran el dinero si eres rico)

–         Algunos llegan incluso, en ese primer momento de euforia, a querer entregar parte de ese dinero para alguna ‘buena causa’ a concretar en un futuro.

Todo ello está muy bien, pero lo cierto es que a buena parte de a quienes les han tocado premios muy importantes en la lotería no han sabido gestionarlo y el premio ha acabado terminando con su vida.

Gestionar según qué cantidad de dinero no es fácil ni cómodo y requiere un esfuerzo y un trabajo enorme. Y si no, volvamos a las cifras de la chica de los Euromillones:

124 millones de premio

Un simple depósito, a un modesto tipo del 5% anual, supone unos beneficios directos antes de impuestos -sin hacer nada- de 6.200.000€ al año.

¿un chollo?

Pues llega el señor de la Caja de Ahorros y les sugiere que tienen unas Obligaciones Subordinadas de la propia caja segurísimas a plazo fijo ‘por ser vos quien sois’ cliente VIP de lo mejor a un tipo del 7% en lugar del 5 que le permitiría ganar ¡8.680.000,00€ al año!. Y ahí coloca una parte

Y como se ha hecho muy popular, llega un antiguo amigo con el que compartía sonajero en la guardería y le dice que un cuñado del portero de su edificio es un pardillo que tiene unos terrenos rústicos que van a ser recalificados y con los que puede pegar un pelotazo enorme.

Y tiene familia en Extremadura y un primo lejano, ante la crisis y la drástica caída de las ventas, le convence de que el futuro está en los petrodólares y en la venta de Ibéricos. Con lo que se anima y establece una línea aérea directa Badajoz-Jedah para la comercialización de los excedentes generados por la crisis.

Y un vecino que siempre ha estado comprometido con las ONGs le propone que haga realidad la ‘buena obra’ prometida e invierta en comprar una granja en Zimbabwe para los ‘sintierra’ de esa idem (tierra).

Y para darse un capricho, después de tan sabia inversión, le compra a un famoso la mansión más cara de Mallorca.

Y así, un día, llega el Banco de España e interviene la Caja que resulta ser CCM y dice que las tales Obligaciones Subordinadas son realmente un préstamo a la caja, y que como tal, usted se pone a la cola de los acreedores. Y que cuando las ranas críen pelo verá algo de su dinero.

Y llega la crisis inmobiliaria y un fiscal anticorrupción, antes de unas elecciones, decide que la recalificación de los terrenos no está clara y que habrá que pasar por 15 ó 20 años de juicios para aclararlo.

Y, obviamente, los ibéricos no tienen la acogida esperada.

Y Robert Mugabe, en Zimbabwe, decide que como blanco esclavista es usted un imperialista, colonizador, ‘apropiador’ de sus riquezas y le expropia la granja sin pagarle nada y se la da a los mismos ‘sintierra’ a los que usted quería entregárselas, que al estar más cabreados la acaban quemando.

Y finalmente llega una ministra que decide que la Ley de Costas, después de tantos años, hay que aplicarla y le derriba su mansión de Mallorca.

Y los disgustos también pasan su factura.

Obviamente todo lo aquí contado es un cuento, pero no es sino reflejo de lo que ha pasado en la mayoría de los casos de grandes premios de la lotería.

Con uno de estos, se quiera o no, se convierte uno en una empresa que genera enormes beneficios e intereses. Y toda empresa necesita para subsistir de unos mecanismos, unas estructuras y un asesoramiento legal, económico y financiero profesional a los que ninguna persona −por preparada, motivada y dispuesta que esté− puede llegar por sí sola.

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marzo 17, 2009

100 preguntas y un caso práctico para ejercer de abogado (…y la ‘diversidad’)

Filed under: Otros — Etiquetas: , , , , , , — legisconsulting @ 15:13

También como decíamos ayer, por la Muerte y por Hacienda todos inexorablemente pasaremos… Pero también por un abogado.

Ya hace tiempo que se viene hablando de los requisitos que se deben cumplir para acceder a la profesión de Abogado. Exactamente desde la entrada en escena de la Ley de acceso a las profesiones de Abogado y Procurador.

Es cierto que la calidad media de los servicios jurídicos que se prestan en España dejan −en el mejor de los casos− bastante que desear. Pero nuestros sabios y diligentes gobernantes (en su mayoría abogados), nos lo van a solucionar.

Lo último parece ser –una vez instaurado por ley el “crédito” como nueva unidad de tiempo, espacio y mesura– que una vez acabada la carrera, los nuevos abogados hagan un master, un examen de 100 preguntas y resuelvan un caso práctico para poder acceder a la profesión.

Los Ministerios de Justicia y de Ciencia y Tecnología(¿?) establecerán el contenido concreto de este “post-loquesea”, y en este momento discuten si −como dice Justicia− meter todos los temas o −como defiende Ciencia y Tecnología− que cada universidad meta lo que quiera (será por aquello de la diversidad).

El objetivo final es tener nuevos abogados igual de preparados, ofreciendo los mismos servicios, con la misma calidad, pero con un currículo mucho más florido que es lo que realmente importa.

Desde mi humilde punto de vista el problema de la calidad del servicio es lo listos que somos los abogados y lo muchísimo que sabemos (incluidos los del Ministerio de Justicia y los Ciencia-tecnológicos).

Los abogados asesoramos igual una herencia que en un robo con fuerza. Igual mantenemos el tipo en una fusión entre empresas que en un deslinde de tierras. Igual defendemos en temas de impuestos que en reconcentraciones parcelarias. Igual tramitamos un divorcio que recurrimos una multa. Lo mismo sabemos de la organización de nuestro ayuntamiento que de comercio internacional.

¡Claro!, con esta magnífica base, podemos decir siempre con absoluta seguridad:“¡¡eso te lo arreglo yo!!”.

La carrera de Derecho −los profanos no lo saben− pero ¡otorga el Don de la Sabiduría!

El problema es que a algunos este Don se nos resiste y sólo sabemos de algunas cosas, lo que limita sustancialmente los servicios que podemos prestar.

A ver si nuestros sabios gobernantes llegan por fin a consensuar el contenido del ‘master’, y tras hacerlo, logro salir de ese pozo de ignorancia en el que −inexplicablemente y pese a ser abogado con experiencia− me encuentro sumido.

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