enero 24, 2008

INMOBILIARIO I: Garantía en las compraventas de viviendas sobre plano

Filed under: Contratos,Otros — Etiquetas: , , , , — legisconsulting @ 12:45

Ayer leí en algún diario que una constructora había quebrado dejando a los compradores compuestos, sin vivienda y sin dinero. Algo que, tal como está el mercado y las previsiones de que este hecho ser repita en innumerables ocasiones, me pareció un buen inicio para la serie dedicada al mercado inmobiliario desde el punto de vista de la protección del consumidor en este blog.

La protección del consumidor en este caso de cantidades entregadas a cuenta para la compra de vivienda es muy simple y la establece una norma que se vulnera de forma sistemática: la ley obliga a entregar al comprador un aval o seguro que garantice las cantidades entregadas a cuenta.

Si ha comprado una vivienda sobre plano y no dispone de esta garantía, exíjala. El banco o la compañía de seguros cubriran las cantidades garantizadas sin perjuicio de las acciones que legalmente le asistan contra constructora, promotora, inmobiliaria, etc.

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2 Comments »

  1. un gran artículo. Felicidades de nuevo.

    Comentario by Altair — febrero 2, 2014 @ 17:27

  2. Mis felicitaciones un increible texto. Saludo.

    Comentario by edouard — mayo 17, 2014 @ 23:54

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