noviembre 16, 2011

Condiciones de Servicio en la Web: a qué nos comprometemos

Las Condiciones de Servicio son realmente el contrato que nos vincula a los usuarios de una web. Y considerando que la ley nos atribuye, en muchos casos y de forma automática, responsabilidades y deberes, lo más razonable es establecer unas Condiciones legales tan claras y lo más adaptadas posible a las particularidades de nuestra web.

Usuarios

Las Condiciones de Servicio serán estas las que regulen la relación jurídica con los ‘usuarios’ (los ‘intervinientes’ en la relación). De forma que si estas no se ofrecen en la propia Web, al igual que en los contratos, estaremos no poniendo límites legales claros a nuestros servicios.

Y aunque en principio pudiera parecer que no hay tanta variedad de ‘usuarios’, sirva la siguiente lista –no cerrada, obviamente– como muestra de las ‘relaciones jurídicas’ que se crean por algo tan simple como colgar una web (con algún pequeño detalle sobre las implicaciones legales).

¡Ríete de ‘Fb’!

Si pensaba que su perfil en Facebook fomentaba las relaciones, el simple hecho de prestar u ofrecer un servicio a través de Internet puede generar, entre otras muchas, las siguientes relaciones:

  1. Con el visitante de la Web: Aparte del siempre imprescindible  Aviso Legal, conviene señalar entre otros elementos tan comunes como la propiedad de las imágenes y los textos, las condiciones en que se presta el servicio –entendiendo como tal el mero ofrecimiento que se hace en la web–, qué ocurre si se cae la página, cual es el tratamiento (legal) de las cookies, etc.
  2. Con el que visita la página y se registra: Tratando tan sólo los aspectos del registro, aquí llegaríamos al tema de la privacidad y la protección de datos. Algo lo suficientemente complejo e importante para merecer un post propio en este blog próximamente.
  3. Con el que visita la página, se registra y compra: Con quien, además, estamos formalizando un contrato que necesita de una cláusulas lo más claras posibles.
  4. Con el que compra sin registrarse: Un contrato y sus cláusulas
  5. Con el que vende: Si no vendemos nuestros propios productos den la Web no es lo mismo ser intermediario que prestar un espacio para que un vendedor ofrezca sus servicios. Y la diferencia entre ambos casos debe quedar claramente establecida en las ‘Condiciones de Servicio’, puesto que una versión nos puede responsabilizar automáticamente de una cosa (el buen fin de la compraventa) y la otra debe dejar claro que la compraventa es algo de lo que no debemos ser parte.
  6. Con el que compra sin visitar la página: incluso este entraría dentro de las normas de la LSSI y le afectaría lo dispuesto en las Condiciones de Servicio al ser ofrecidos los productos o servicios dentro de su marco de aplicación.

Conclusión

Los límites legales no son claros, y en muchos casos, por defecto la ley nos atribuye responsabilidades que no creemos/queremos contraer. Por ello es imprescindible estructurar legalmente y de forma profesional las ‘relaciones’ y el servicio que ofrecemos.

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1 comentario

  1. […] Redacta e incluye unas “Condiciones de Servicio“:  Los contratos son ley entre las partes. Y si no estableces la ley para las transacciones con tus clientes se aplicará la ley supletoria (LSSI, Ley de Consumo, Código Civil, etc). Es posible entonces que esas disposiciones ’supletorias’ no encajen en la idea que tienes de las responsabilidades que estás dispuesto a asumir. Porque lo que pongas en ellos -con límites- es ‘la Ley de la Web‘. […]

    Pingback by Guía ultrabreve de Comercio Electrónico « Blog de Legis Consulting — diciembre 2, 2014 @ 13:19

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