Julio 16, 2009

La esfera privada del empresario (Guía del emprendedor V)

Archivado en: Emprender, Organización de Empresa — legisconsulting @ 18:36

El lugar donde nacen los niños y mueren los hombres, donde la libertad y el amor florecen, no es una oficina ni un comercio ni una fábrica. Ahí veo yo la importancia de la familia.

G. K. Chesterton (1874-1936)

¿Qué es lo más importante para un empresario o el administrador de una empresa?

¿Su empresa?; ¿la rentabilidad de esta?; ¿la eficiencia y eficacia?; ¿el cumplimiento de objetivos?; ¿las ventas?; ¿o incluso los empleados?.

¡Pues no!. Salvo que sea un bicho raro, al igual que para las personas ‘normales’, lo más importante para un empresario o administrador es: su familia.

Existe la extendida (falsa) creencia de que, como ya tengo una sociedad, pues cualquier cosa que pase quedará dentro de la sociedad.

Y esta falsa creencia además tiene el agravante de que una gran mayoría de los afectados por este mal, además y de una forma completamente irracional, ponen todos los huevos dentro de esa cesta que es, en teoría, la que recibirá los palos caso de que las cosas se tuerzan.

Y hasta los profanos en esto del derecho saben qué es lo que pasa cuando se le pegan palos a una cesta de huevos.

Ni tampoco es que haya descubierto yo la pólvora hasta ahora en este post. Lo que acabo de contar lo sabe cualquiera que conozca al vecino ese tan simpático que tenía una empresa y que en los últimos tiempos ya no está tan alegre, o a la señora de la tienda del final de la calle que tuvo que cerrar no hace tanto tiempo.

Es cierto que todo negocio, sea cual sea, implica unos riesgos y unas responsabilidades que deben quedar lo más claramente limitadas que sea posible.

Desde un punto de vista legal debe existir una coordinación entre la  actividad empresarial y la personal, de tal forma que ambas esferas se encuentren lo más claramente delimitadas así poder reducir sustancialmente los siempre existentes riesgos.

En concreto, tal separación se puede plantear desde los mismos puntos de vista planteados anteriormente en esta serie de posts:

-          Estructura: Diseño del blindaje del patrimonio personal

El patrimonio personal debe estar aislado de la actividad profesional

Aislar la esfera personal del empresario de la esfera empresarial implica la creación de una “estructura” patrimonial del empresario a título particular que, evitando la transparencia de las actividades societarias, le preserve a él y a su familia del riesgo −cierto en muchos casos− de las incidencias que deberían corresponder a la empresa pero que en más ocasiones de las que parece llegan a afectar a elementos que deberían estar tan alejados del ámbito profesional como la vivienda, el patrimonio de la familia o las inversiones personales.

Es esto, básicamente, una ‘reorganización’ del patrimonio.

-          Organización: El día a día

Las actividades diarias que generan de forma inconsciente consecuencias gravosas.

Establecimiento de las pautas básicas de comportamiento de la esfera personal en el día a día que eviten que en caso de problemas empresariales estos se trasladen al plano personal.

De entre otras muchas, cabe destacar:

  • uso de medios de la empresa,
  • uso de medios personales para fines empresariales,
  • Prestación de servicios a la empresa o viceversa
  • etc.

-          Desarrollo: Desarrollo personal y diversificación de la actividad personal  / empresarial

Cada “bloque” debe ser un compartimiento estanco.

Al igual que en el caso de la empresa, el empresario puede crecer tanto a nivel personal patrimonial como empresarial al margen de la empresa.

Para ello es necesario que las nuevas inversiones o adquisiciones personales encuentren la forma y estructura apropiadas para evitar que los riesgos asumidos por una parte del conjunto se traduzcan en perjuicios, gastos o costes para el resto de los “bloques”.

Cada persona es un mundo, cada familia es un mundo y cada conjunto de relaciones es único, y es por ello por lo que, como se ha dicho en otros posts de esta misma serie, es imposible dar una llave maestra que sirva para cerrar todas las puertas de cualquiera que sea el ‘compartimento’.

Pero sí que, con el asesoramiento adecuando, y en la mayoría de los casos simplemente haciendo algunos cambios a un reducido coste, se puede adquirir esa seguridad que todo empresario o administrador persigue y necesita.

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Julio 7, 2009

El crecimiento de la empresa (Guía del emprendedor IV)

Archivado en: Emprender, Organización de Empresa — Etiquetas: , , , , — legisconsulting @ 13:30

Querer progresar es la mayor parte del progreso

Lucio Anneo Seneca (2AC-65)

En algunos casos se busca el crecimiento de la empresa mediante nuevas inversiones, pero en otros muchos los cambios y las inversiones vienen motivadas por las circunstancias.

Sea como sea,  el desarrollo y crecimiento de una empresa no es, en la mayoría de los casos, una opción sino una necesidad, y es necesario ser capaz de afrontar los cambios que sin duda, se producirán.

Sirva como mero ejemplo, aunque no único, la empresa familiar.

Es bien sabido que lo conocido como Empresa Familiar es un altísimo porcentaje del total de pequeñas y medianas empresas y que son estas las que generan en torno al 65% del PIB en España.

Lo que es menos conocido es un axioma que mantiene que sólo un tercio de las empresas familiares llegan a la segunda generación y, de ellas, sólo la mitad a la tercera generación.

Esto es debido a múltiples causas, pero es ese aproximado 15% de empresas que perdura el que ha conseguido superar las más importantes: (I) la falta de flexibilidad, (II) la excesiva dependencia de ciertos elementos concretos y (III) la falta de una gestión y asesoramiento profesional, independiente y no condicionado.

Circunstancias que, superadas, hacen posible asumir los cambios y perdurar.

No son estos problemas exclusivos de la empresa familiar, ni mucho menos, pero es en ella donde queda más patente la necesidad adquirir la capacidad necesaria para la adaptación a los cambios y la consiguiente flexibilidad y es por ello por lo que he querido tomarla como ejemplo.

Los cambios pueden ser realizados con mayores o menores costos y con una visión orientada a las perspectivas de futuro o mirando al pasado como mero acto de supervivencia, pero sea cual sea la razón para los mismos, la correcta asunción e implementación de estos cambios es vital para la supervivencia y viabilidad futura de la empresa.

Tales cambios serán más efectivos para los fines buscados y tendrán un menor coste tanto presente como futuro si se hacen de la forma más eficiente, racional y profesional. Siendo para ello necesario buscar unos objetivos que deberán ser concretados en cada caso, pero que podemos enumerar como sigue:

-         Seguridad.- Sea cual sea el cambio o las inversiones a realizar, estas deberán tener en cuenta y preservar lo ya existente.

Los cambios no deben generar riesgos innecesarios ni en las estructuras empresariales ya existentes ni en las personas involucradas en el negocio ni en sus familias. De hecho, los cambios, sean cuales sean las razones que los generan o el objetivo que buscan, deberían estar orientados a garantizar esa seguridad.

-         Eficacia.- Como en la forma, las posibilidades para los cambios son múltiples y variadas, pero de entre todas ellas, sólo una forma jurídica será la idónea considerando los activos preexistentes, las expectativas de futuro, las razones que han motivado los cambios y los objetivos detallados en el presente listado.

-         Eficiencia.- La forma (material en este caso) en que se realice la inversión deberá considerar las circunstancias preexistentes, las expectativas, el día a día de la empresa y la ‘cultura’ empresarial de esta, porque estos elementos no pueden ni deben ser olvidados.

-         Rentabilidad y ahorro de costes.- Siempre habrá más de una posibilidad que permita cumplir todos los objetivos anteriores, pero estos deberán ser cubiertos con la menor inversión posible, que genere el mayor y más pronto retorno posible y esté preparado para generar los menores costes posibles en los posteriores cambios que, sin duda, llegarán… (Flexibilidad)

El coste final de cualquier cambio o inversión variará en función del diseño original de la empresa y de la flexibilidad con que fue creada o de la capacidad de adaptación de los mecanismos del día a día, pero si se van a acometer esos cambios, este es el momento para, incluso por pequeño que sea, dotar a la empresa de esa flexibilidad y eficiencia necesaria para el éxito.

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Junio 24, 2009

La organización del día a día (Guía del emprendedor III)

Archivado en: Emprender, Organización de Empresa — Etiquetas: , , , , , , , — legisconsulting @ 13:22

Los intelectuales resuelven los problemas, los genios los evitan

  Lucio Anneo Seneca (2AC-65)

 

La idea brillante ya se tuvo, y a quien esté leyendo este post, probablemente la idea le funcionó, pero ¿se le ha sacado toda la rentabilidad que se esperaba?.

Son normales en la empresa esos pequeños errores que surgen de la operativa corriente y que generan gastos que, en conjunto y salvo en situaciones excepcionales, no suponen un riesgo para la estabilidad de la empresa, y que individualmente suele ser visto como una mera contrariedad, desagradable pero asumible.

Aunque, sumándolo todo, ¿es de verdad tan asumible?

Desde el punto de vista de la rentabilidad, las empresas no suelen ‘contabilizar’ esos gastos de forma aislada de forma que puedan ver cuanto les cuestan cada año y el impacto real en los beneficios.

Si es usted empresario, seguro que le ha ocurrido alguna de las siguientes situaciones que le han costado dinero o que, si se dan, le costarán:

-         El sistema informático, y con él las líneas de teléfono, se han caído y la empresa encargada del mantenimiento ha tardado varios días u horas en repararla.

-         El renting del coche que queremos devolver por esto de la crisis y que no podemos sin pagar todo (o casi) el importe pendiente del contrato

-         El vendedor que era autónomo y, como las ventas han caído, hemos intentado despedir pero nos exige la indemnización como trabajador asalariado.

-         El arrendamiento del local que contratamos cuando los precios eran otros y que ahora no podemos cambiar.

-         El inspector de la Seguridad Social, que como los billetes de 500€ se decía que nadie los había visto y un día va uno y entra y no dice que no todo es tan legal y que a ver las cotizaciones del vendedor de antes… y de los demás.

-         El inspector de hacienda que pide ahora los recibos de esa obra que le hizo su cuñado en la oficina por aquello de la nueva normativa de Operaciones Vinculadas.

-         ¿Y quien podía saber que la copia de seguridad de los listados de clientes no se podía guardar en el armario del despacho?

-         Y la empresa que nos hace la limpieza quiebra por aquello de la crisis y la señora que viene a limpiar tiene un sobrino estudiando derecho que le dice que exija ser reconocida como empleada de su empresa y así, al menos, se saca un pico.

-         ¿Y como iba yo a pensar que el sistema de mensajería de la empresa contratado con Google (¡nada menos!) para facilitar el trabajo de empleados y algunos proveedores y clientes, no le parece lo mejor a la CMT (Comisión del Mercado de telecomunicaciones) y me va a buscar un disgusto?

-         Y derivado de esto ¿Cómo iba yo a pensar que al darle una cuenta de correo a un cliente o a un proveedor para facilitar el trabajo me tenía que registrar en algún sitio?

Esas cosas no pasan nunca”, estoy cansado de oír. Pero en casi todas las empresas, esas y otras de las muchas cosas posibles, sí que pasan. Y la diferencia entre tener o no esos gastos sí que supone una diferencia en la rentabilidad, la solvencia y la capacidad de la empresa.

No vengo a decir que todo es evitable porque ello sería imposible, pero sí que cada acto del día a día de la empresa, cada contrato y cada relación debe ser mirado y cuidado no sólo en el fondo, sino también en la forma y en base a las posibles consecuencias caso de que cambien las circunstancias (propias o ajenas).

Porque es en el día a día donde se encuentra la clave de la rentabilidad, la eficiencia y la seguridad de la empresa.

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Junio 10, 2009

La forma jurídica (Guía del emprendedor II)

“Si buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo”

             Albert Einstein

Un emprendedor tiene una idea una idea original y distinta que le va a hacer rico. Y así va a la gestoría o asesoría de empresas de debajo de su casa y pide algo tan original como una S.L. y allí se la constituyen o le venden una que tenían en un cajón.

¿Empieza bien el innovador negocio?: ¡pues no lo sé!. Porque, como en los negocios, en esto tampoco hay llaves maestras que abran todas las puertas.

Un colega me dijo en una ocasión: “si alguien entra en el despacho diciendo que quiere una S.L., sólo se la constituyo y le cobro por ello”.

Tal vez pareceré algo más cotilla, pero a mí en ese caso me gusta saber:

-         para qué la quiere

-         cual va a ser su actividad

-         si va a tener socios

-         el grado de implicación de los socios

-         qué va a aportar

-         qué pueden aportar los otros socios

-         si tiene familia

-         su régimen matrimonial

-         si va a pedir préstamos o asumir riesgos directos

-         si en la actividad asume riesgos (aunque aparentemente no sea así)

-         si tiene otras empresas

-         cual es su patrimonio

-         la distribución de su patrimonio

-         cual va a ser su relación con la empresa

-         cual va a ser la relación de su familia con la empresa

-         sus proyectos de futuro tanto personales como profesionales

-         y cualquier otra cosa que a lo largo del cuestionario se me ocurra

Y no es que me agrade particularmente el ‘pasatiempo de portería’, sino que entiendo que son cosas que es necesario conocer para saber si, en función de las circunstancias profesionales, la S.L es la más apropiada. O lo es una S.A.. O una Cooperativa. O una Sociedad Colectiva. O simplemente con que se dé de alta como autónomo sería suficiente (y más barato).

Y por lo que se refiere a las cuestiones sobre familia, patrimonio o situación sentimental, recuerdo a un profesor que tuve en el Instituto de Empresa que nos dijo el primer día del master hace ya muchos años: “ningún cliente debe salir de vuestro despacho sin que le hagáis un estudio patrimonial”. Y mi profesor no lo dijo así, pero sí que quería decir que, aunque aparentemente no tiene nada que ver la situación sentimental con la línea de crédito del banco, tener ambas cosas en cuenta será importante para que sigamos pensando que ambas cosas que no deberían tocarse, no rompan nuestra bendita ignorancia.

Por mucho que lo intentemos, la empresa nunca será un compartimiento estanco sin relación alguna con el empresario-persona ni con el patrimonio del empresario-persona ni con el patrimonio de la familia de este. Y la familia y el patrimonio de las personas que rodean al empresario tampoco nunca serán compartimientos estancos absolutamente aislados del mundo empresarial.

Entre todas estas realidades (empresa – familia – patrimonio- entorno) siempre habrá interrelaciones que deberán ser diseñadas y adaptadas a la realidad de que se trate en cada caso y el adecuado diseño de la forma jurídica tomando en consideración las circunstancias de cada caso será esencial para el buen fin del negocio… y otras cosas.

Yo, al contrario que mi colega, prefiero poder decirle a quien me pide una S.L. porqué es eso lo que necesita y no otra cosa, y decirle después qué hacer para conseguirla. Que para esa parte ya no me necesita.

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Mayo 28, 2009

Emprender… bien (Guía del emprendedor I)

Archivado en: Emprender — Etiquetas: , , , , , , , , — legisconsulting @ 16:12

Llevo bastante tiempo pensando en comenzar en este blog una especie de guía básica sobre los elementos que habría que tener en cuenta a la hora de emprender un negocio.

Son puntos o elementos esenciales que pretendo desarrollar más ampliamente en sucesivos posts, pero sirva de momento su mera enumeración como mera presentación de los mismos:

-         La forma jurídica: porque si bien  casi cualquier forma jurídica sirve para casi cualquier actividad, sólo una de las múltiples posibles será la más apropiada, eficiente y económica para los fines que se persiguen.

-         La organización de trabajo diario: porque cómo van a ser los mecanismos y estructuras del día a día necesita ser planificado si se aspira a una organización eficiente y rentable.

-         La planificación del futuro: porque aunque parezca casi el cuento de la lechera, es necesario desde un principio plantearse una estructura flexible que, sin grandes costes, pueda crecer o adaptarse a los cambios que seguro que se producirán.

-         La vida privada: porque el empresario o emprendedor es también una persona con una familia y un patrimonio que deberían ser protegidos y preservados.

En cualquier caso, quiero dejar constancia de que estos futuros posts no pretenden proporcionar soluciones concretas y perfectas para cualquier caso, porque tal cosa no existe, sino dar una visión general de las posibilidades, riesgos u oportunidades y beneficios o pérdidas que la correcta (o no) combinación o toma en consideración de estos elementos puede conllevar.

Esto es, en definitiva, como comprarse un traje: se puede comprar uno el traje en Carrefour o se lo puede hacer a medida. Y mientras que uno de esos trajes le quedará más o menos bien, el otro seguro que se ajusta perfectamente a sus medidas.

Aunque en lo que sí se diferencia este tema de comprarse un traje, es en que aquí el traje a medida al final sale más barato que el de Carrefour. Pero eso son detalles que ya serán tratados en próximos posts en referencia a cada uno de los apartados mencionados.

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Mayo 30, 2008

ESTRUCTURA EMPRESARIAL IV: Pasos para crear una Sociedad

Archivado en: Emprender, Sociedades — Etiquetas: — legisconsulting @ 13:33

Certificación negativa del nombre:

El Registro Mercantil Central debe certificar que el nombre elegido por la sociedad no coincide con el de otra existente. Se debe presentar instancia con los nombres escogidos, con un máximo de tres. Plazo de validez de dos meses.

Redacción de la escritura de constitución y estatutos:

Normalmente, un abogado redacta el documento en que las partes acuerdan fundar una sociedad y las reglas que se establecen para su funcionamiento.

Otorgamiento de escritura pública de constitución:

Los socios firman ante notario la escritura de la sociedad, a la que deben acompañar la certificación negativa del nombre y los estatutos.

Pago de impuestos:

El de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados supone el 1% del capital social. El pago debe efectuarse en el plazo de 30 días hábiles desde el otorgamiento de la escritura, y debe acompañarse una copia de ésta, junto con el impreso del impuesto. Una vez liquidado el citado impuesto, se solicita el Código de Identificación Fiscal y la declaración del inicio de actividad, que puede ser una declaración previa si no se inicia la actividad de inmediato. Diez días antes del inicio de la actividad se debe pagar el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)y los empresarios individuales deben acogerse a uno de los regímenes de tributación en el IRPF.

Seguridad Social:

Antes del inicio de la actividad se debe inscribir la empresa en la Seguridad Social.. Si la empresa tiene trabajadores por cuenta ajena, debe darlos de alta antes del comienzo de la relación laboral. Hasta los 30 días de iniciada la actividad hay plazo para comunicar la apertura del centro de trabajo.

Inscripción:

En el Registro Mercantil correspondiente al domicilio social. Debe adjuntarse la primera copia de la escritura y la liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales, en el plazo de un mes desde el otorgamiento de la escritura.

 

Nota: Según la actividad a desarrollar, también puede ser necesario solicitar licencia de actividades e instalaciones o licencia de obra en el Ayuntamiento correspondiente.

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Marzo 4, 2008

ESTRUCTURA EMPRESARIAL III: Particularidades de las Sociedades Unipersonales

Archivado en: Emprender, Sociedades — legisconsulting @ 11:59

La Sociedad Unipersonal es una solución que otorga las ventajas de las Sociedades cuando sólo hay un socio/partícipe (fiscales y de limitación de responsabilidad).

Desde un punto de vista meramente práctico, este tipo de sociedad es una solución para el empresario individual. Una solución que simplifica la operativa desde el punto de vista de la toma de decisiones, pero al mismo tiempo acarrea una serie de obligaciones de carácter formal y especificidades de las que podemos destacar:

1.      Cualquier transmisión de participaciones de la Sociedad se deberá hacer constar en Escritura pública

2.      La condición de Sociedad Unipersonal se deberá hacer constar en TODA la documentación de la empresa (incluida la correspondencia, notas de pedido, facturas, etc.)

3.      Al ejercer el Socio Único las competencias de lo que en otros tipos societarios sería la Junta General, sus decisiones se deberán consignar en acta.

4.      Para los contratos firmados entre el Socio Único y la Sociedad existen limitaciones, obligaciones formales específicas y una modificación del marco general de la responsabilidad.

5.      Si la condición de Sociedad Unipersonal se adquiere al adquirir un único socio todas las participaciones de una Sociedad Preexistente, tal hecho se deberá hacer constar en el Registro Mercantil, ya que si no se hace se pierde la condición esencial de la Limitación de la Responsabilidad.

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Febrero 13, 2008

ESTRUCTURA EMPRESARIAL II: El tipo de Sociedad que más me conviene:

Archivado en: Emprender, Sociedades — legisconsulting @ 12:17

No es válido ni eficiente el modelo de “Sociedades Limitadas para todos” sin más análisis.

El tipo de Sociedad por la que se opte no debe ser decidida sin tener en cuenta lo que se pretende con la Sociedad, tal como ya se mencionó en el primer apartado de esta serie dedicada a la “ESTRUCTURA EMPRESARIAL”, sino también de qué se dispone o de quienes van a ser los socios.

Lo primero y esencial para crear una Sociedad es el Capital Social que aportan los Socios, pudiendo al aportarlo elegir entre los distintos modelos existentes de “Sociedades Capitalistas” (Anónima, Limitada, etc).

Pero no es extraño –sobre todo en pequeñas empresas– que algunos de los socios que pretenden crear esta Sociedad no dispongan del capital necesario, pero que sean un elemento esencial del proyecto empresarial por sus conocimientos, trabajo o experiencia. En este caso es posible optar por las “Sociedades Personalistas”, que son sociedades que permiten la participación de “socios industriales”. Estos que lo que aportan es su trabajo, relaciones y saber hacer.

Estas Sociedades en particular, tienen unos fines y unas limitaciones específicas de los que trataré en próximos apartados de esta serie.

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Febrero 1, 2008

ESTRUCTURA EMPRESARIAL I; Porqué crear una sociedad.

Archivado en: Emprender, Sociedades — legisconsulting @ 11:43

Es este el principio de una serie que pretende dar orientación a emprendedores poniendo de manifiesto las circunstancias que deberían ser tenidas en cuenta de cara a una correcta y eficiente estructura empresarial. Estructura Empresarial que es tan trascendental y puede determinar el futuro tanto de pequeñas como medianas y grandes empresas. 

Cuando una persona empieza una actividad económica lo puede hacer a título individual o a través de una empresa creando una Sociedad que le permita contratar, no en nombre propio, sino a través de la sociedad.

Las razones para operar a través de una o varias sociedades son básicamente dos:

-         Protección de la inversión realizada en la Sociedad: caso de ciertos tipos societarios (no todos)

-         Razones fiscales: Acogerse al régimen fiscal de las sociedades puede resultar más rentable que operar a título individual; aunque esto –como  casi nada en este campo– es una verdad absoluta.

 En los siguientes capítulos de esta serie seguiré desgranando los puntos esenciales a tener en cuenta: desde la estructura a la operatividad y la necesaria compatibilidad de ambas.

Básicamente la idea inicial es compatibilizar “lo que tenemos” y “lo que queremos” para sacarle el máximo rendimiento.

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